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Para denunciar delitos ecológicos

Cualquier ciudadano puede efectuar una denuncia por un delito contra el medio ambiente ante la autoridad competente, sin que tenga que pagar cantidad alguna ni suponga más participación en el posible procedimiento, a no ser que su implicación le llevara a ser citado como testigo. Por su parte, la querella es un tipo de denuncia sujeta a ciertos trámites especiales y cuesta dinero, y quien formula la acusación toma parte activa en el proceso. Por ello, la querella es más indicada cuando se trata de casos graves en el que interesa intervenir activamente o cuando se sospecha de una posible pasividad de los órganos judiciales.

En el caso de las denuncias, tanto administrativas como penales, su presentación es sencilla, pudiendo ser incluso verbales, aunque se recomienda que se realicen de manera escrita. La denuncia puede presentarse ante el Juzgado, la Fiscalía, los Cuerpos o Fuerzas de Seguridad del Estado o de las comunidades autónomas, y eventualmente, ante algún órgano administrativo. Por su parte, los expertos recomiendan presentarla lo antes posible sólo si se están produciendo los hechos delictivos, cuando haya que tomar muestras con celeridad o cuando convenga adoptar alguna medida preventiva especial. Si no es así, es preferible esperar el tiempo necesario para formular la denuncia, tratando de concretar lo máximo posible, con el mayor número de datos y pruebas posibles, y ante el órgano más adecuado.

CONSUMER.es EROSKI. 25/11/2005

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